
"...y no imaginaba Sancho que había de hacer cuando su dueño le enviase al Toboso"
Grupo de lectura de EL QUIJOTE
En este 5º Capítulo de la 2ª parte, nuestro amigo Sancho recurre a su mujer - por primera vez - para justificar su anterior salida y por supuesto la que parece ya un hecho. Tras una conversación ...más bien discusión y no del todo amigable; en la que Teresa no tiene muy a ciencia cierta el futuro de su hija... aunque Sancho la ve señora de un señorío y desposada con alguien de alta alcurnia. Aunque Sancho, contagiado de la locura de su amo no ve más allá de marqueses, duques y gentes de postín. Pero la mujer...es la mujer...no se sale con la suya, pero se sale...
En nuestra sociedad, y sin duda alguna en la del Siglo de las Luces, la mujer aunque vilipendiada, a mi me parece que dirige la vida, no por poderosa, más bien por inteligente; porque la vida le ha hecho a lo largo de la historia presentar batalla ante las adversidades.
En el Siglo de Oro la mujer tenía básicamente tres funciones: ordenar el trabajo doméstico, perpetuar la especie humana y satisfacer las necesidades afectivas de su esposo. Ante tales perspectivas me imagino que tendría que inventar lo imposible para liberarse de cadenas: Podemos ver en el capítulo, que aunque no puede impedir lo que Sancho pretende, si que le modifica la conducta o el pensamiento. De todas formas, y que no sirva de precedente ni de aprendizaje; Fray Luis de León en su obra "La perfecta casada", dejó una impronta terrible...hasta en el siglo XX se aconsejaba leerla a futuras casaderas:
Esquema Del papel asignado
por fray Luis de León a la casada
1) La mujer y el buey son los fundamentos económicos de las casas: El buey para que are y la mujer para que guarde.
2) La gestión empresarial y la solución de los conflictos intrafamiliares en la casa corresponden a la casada.
3) La división del trabajo entre los sexos ha sido dispuesta por el Espíritu Santo, la naturaleza y la razón.
4) La funcionalidad productiva y reproductiva de la mujer es la causa de su creación por Dios.
5) El estado de casada equivale a un oficio, la casada tiene obligación moral grave de dedicarse a él y no puede delegarlo.
6) La restricción del consumo personal obliga moralmente, especialmente en el vestido, la alimentación y descanso, a la casada.
7) Negación del esfuerzo económico de la mujer. Su trabajo debe hacerse sin parecer que se hace.
8) Legitimidad de la participación formal de la casada en la propiedad de los productos de su trabajo, pero no para disposición del capital familiar
9) Obligatoriedad moral de la ampliación del capital familiar.
De todas formas, y como no quiero que los golpes me lluevan cual tormenta de verano...recuerdo que esto lo dijo Fray Luis y NO TUCCITANO.
Entrada programada...donde voy no llevo ordenador
SISTEMA MONETARIO DE CASTILLA EN EL SIGLO DE ORO | |
Moneda | Equivalencia |
Maravedí | 0, 024 euros/ 3 pesetas |
Real de Vellón | 34 maravedís |
Ducado | 375 maravedís |